El gobierno NO ha prohibido nada - Burkina the revist

El gobierno NO ha prohibido nada

Tengo tres o cuatro entradas esperando a ser publicadas, pero me veo obligado a posponerlas movido por lo urgente de este mensaje. Hace tiempo que estoy convencido de que el periodismo ha muerto y cada vez que sale este anuncio, vuelve a suceder. No os lo están contando bien, así que no sé si lo tenéis claro: el gobierno NO ha prohibido nada. El gobierno propone al Congreso y al Senado que aprueben un nuevo recorte en los derechos y libertades de los ciudadanos adultos. Pero no hay nada prohibido que no estuviera prohibido ya la semana pasada.

Entonces, ¿se puede seguir fumando en las terrazas? Sí, de momento, se puede.

¿Y en las playas? Sí. Podéis seguir fumando en la playa. Es más. Es muy dudoso que los ayuntamientos tengan competencia para declarar playas sin humo. Pueden multarte si dejas colillas (y a todos nos parece bien), porque su competencia es de protección del medio ambiente, limpieza de la costa, servicios para el usuario, pero que se hayan arrogado la competencia de prohibir fumar no quiere decir que la tengan. Hay una ley superior que no prohíbe específicamente nada y que tampoco establece un marco legal que les permita hacerlo. No os voy a decir que os saltéis la prohibición, ni mucho menos, porque os vais a meter en un lío con multas y mierdas y no vais a ganar nada…

Pero yo, desde luego, me la paso por el forro todos los veranos.

Al no existir humo de tabaco en el ambiente (y eso que el HTA es un enorme bulo), las prohibiciones de fumar al aire libre no protegen el derecho a la salud de nadie. Sólo son recortes de la libertad de las personas movidos por intereses comerciales no declarados.

EN ESPAÑA NO EXISTEN LOS CLUBS DE FUMADORES

¿Van a acabar con los clubs de fumadores? Sí, claro. Y van a volver a poner cepos en la plaza del pueblo para el público arrepentimiento y escarnio. ¿Cómo van a prohibir los clubs de fumadores si, además, los clubs de fumadores NO existen legalmente en España? Hay una ley que regula las asociaciones, todas las asociaciones, sin ninguna especificación que diferencie a un club de amantes de la micología fósil del cuaternario de uno de fumadores de puros.

Pero, sobre todo, no sé cómo no se dan cuenta de lo terriblemente dictatoriales que les hace parecer cada vez que anuncian con tanto bombo los «avances» de las leyes antitabaco, que, en realidad, son retrocesos en la libertad de las personas. «Vamos a prohibir los clubs de fumadores…», dicen, pero, vamos a ver, por favor. ¿En qué país vivimos? ¿Cómo vas a prohibir que cinco adultos se junten en un local privado a fumar puros? ¿En virtud de qué? Si eso fuera verdad, si de verdad pudieran hacerlo, ¿cómo coño lo van a justificar?

Y aunque quisieran hacerlo y quedar ante la opinión pública como defensores de un bien superior, como os he dicho ya a algunos de vosotros, tampoco hay ninguna obligación de especificar que tu asociación es un club de fumadores. En la documentación que tienes que rellenar para dar de alta tu club en el registro de asociaciones, puedes poner «CLUB DE AMANTES DE LA BUENA VIDA» y decir que el objeto de la asociación es «la exaltación de la buena vida». Y punto.

Dentro de tu local, haces lo que te dé la gana.

En el interior de un local PRIVADO, diga lo diga la menestra Mónica García, se permitirá y se prohibirá lo que digan sus socios y propietarios. Ni más ni menos. Salvo que estuviera prohibido fumar en toda España, sin excepción. Cosa que de momento, no ha pasado. Quiero decir que en el interior de un local privado no puedes montar un asesinato en masa ni unos sacrificios humanos… Pero fumar, sí.

ASOCIACIONES DE FUMADORES EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO

La única referencia específica (que yo sepa) que existe en el todo el Ordenamiento Jurídico Español a los «clubs de fumadores» es la disposición adicional novena de la Ley 42/2010 (la ley antitabaco). Es ésa la disposición que quiere derogar la ministra:

«Disposición adicional novena. Clubes privados de fumadores.

A los clubes privados de fumadores, legalmente constituidos como tales no les será de aplicación lo dispuesto en esta Ley, relativo a la prohibición de fumar, publicidad, promoción y patrocinio, siempre que se realice en el interior de su sede social, mientras en las mismas haya presencia única y exclusivamente de personas socias.

A los efectos de esta Disposición, para ser considerado club privado de fumadores deberá tratarse de una entidad con personalidad jurídica, carecer de ánimo de lucro y no incluir entre sus actividades u objeto social la comercialización o compraventa de cualesquiera bienes o productos consumibles.

En ningún caso se permitirá la entrada de menores de edad a los clubes privados de fumadores».

Esta disposición adicional no se añadió a la Ley Antitabaco para hacer una excepción con los clubs privados de fumadores que carecen de un reconocimiento legal específico. No seáis ingenuos. Esto se incorporó a la ley en comisión parlamentaria para impedir que bares y restaurantes, de la noche a la mañana, se convirtieran en clubs privados de fumadores.

RECORTE DE LIBERTADES

Pero, vamos, que da igual, que es propaganda. Esto lo hacen porque creen que les da votos. No porque estén preocupados por la salud de nadie ni nada de eso. Hay una industria del parche de nicotina detrás, por supuesto, ejerciendo presión, pero los políticos se ponen la frente de esta iniciativa porque están convencidos de que les hace parecer mejores personas que se preocupan por la salud de los ciudadanos, aún cuando nosotros no se lo hemos pedido.

Por eso, lo que tenemos que hacer los fumadores es dejar claro a nuestros políticos, a todos, sin diferencia de color, que legislar contra el tabaco NO LES HACE MEJORES PERSONAS, que es un recorte de derechos y libertades. Y punto.

Y ese es el mensaje que os sugiero a todos en redes sociales… Nuevo recorte de libertades. Gobiernos dictatoriales que crean conflictos donde no los hay. Te van a decir lo que puedes o no puedes hacer en tu casa. Que ellos noten que ya no es popular legislar contra el tabaco. Cuando se podía fumar hasta en el coche de línea, bueno, pues tenía un pase. Todos entendemos que no se debe fumar en un hospital (los fumadores de puros NO fumamos en los hospitales), así que los médicos, que sí fuman dentro, no sólo tendrán que salir a la calle a fumar, sino que podrán hacerlo más allá de ¡un perímetro de seguridad de quince metros!

Es ridículo, aberrante. Un puto atropello digno del gobierno de Buthan. ¡Medieval! Porque esto sí es para el escarnio público.

TRAMITACIÓN

La Ley Antitabaco es una ley ordinaria aprobada en 2005.

Esto quiere decir que, para reformarla, necesitan aprobar una ley ordinaria. No pueden, salvo en caso de extrema urgencia como un estado de emergencia (como en la pandemia) reformarla con un Real Decreto Ley, que es de inferior categoría. Cuando aprobaron la ley de 2011, la Ley 42/2010 de 31 de diciembre, tuvieron que hacer todo el trámite parlamentario.

Para que os hagáis una idea, la ministra Trinidad Jiménez anunció la reforma de la ley en julio de 2009. El trámite, en una legislatura (más tranquila que la actual), duró año y medio. Tiene que entrar en la Comisión de Sanidad del Congreso. Allí, en varias sesiones, se invita a la Comisión a todos los que tengan algo que decir, asociaciones, lobbies, los representantes de la industria farmacéutica y sus asociaciones pantalla… Todos. Se reforma el texto, si ha lugar, se aprueba y va al Senado.

En el Senado, se debate y aprueba, o no, en pleno y vuelve al Congreso. Y, de nuevo, se debate y se aprueba, o no. En resumen, el trámite parlamentario es más largo que la legislatura, y esto Mónica García lo sabe de sobra. ¿Qué pasa cuando un proyecto de ley no se aprueba antes del final de la legislatura?

Decae. Caduca. Muere y es retirado del orden del día. Si el nuevo gobierno o los nuevos grupos parlamentarios desean retomar la ley, deberán volver a iniciar todo el proceso legislativo desde el principio, registrando el texto de nuevo en la cámara.

Así que, tranquilidad y, como dijo Eduardo VII, «señores (y señoras), pueden fumar«.

10 comentarios de “El gobierno NO ha prohibido nada”

  1. Filippo Costi dice:

    Fenomenalmente escrito y explicado, este texto tendría que ser divulgado y tendrían que haber pegatinas en cada cartel de playa (esos degradan más los lugares públicos).

  2. Enrique Sánchez Hitar dice:

    Toda esta ceremonia de la confusión, forma parte intrínseca de la política mediocre y mendaz que sufrimos.
    Simulan y propagan en los medios, que la prohibición ha entrado en vigor, para que los «enteraos» y «policías de balcón» de turno, como sufrimos en la pandemia, vengan a decirte que apagues el puro que te estás fumando, por qué lo han prohibido. Sembrando discordia y resentimiento entre la población.

  3. francisco sanchez pardo dice:

    Dejame corregirte amigo, la ley 7/2022 de contaminacion de suelos habilita a los ayuntamientos a prohibir fumar en playas

    • JAVIER BLANCO URGOITI dice:

      Muchas gracias, Francisco, he estado mirando la ley 7/2022… El artículo 18, apartado l). No lo sabía. Cambia un poco mi discurso, pero no mi actitud. Voy a seguir fumando en la playa sin humo, que, además, es donde mejor se fuma, porque en una playa CON humo es un coñazo. UN abrazo

  4. Luis dice:

    Muchas gracias Javier, me has aclarado el trasfondo de todo esto, ¡pensaba que estaba ya casi casi en vigor! No estoy nada informado (paso bastante de la actualidad) y a este paso me enteraré cuando nos metan una multa al grupo de pureros. Es lamentable tener a estos políticos, a ver cuándo se van de una vez a robar a otro sitio. Un artículo espléndido y, como siempre, tan bien escrito. (Por cierto, pequeña aclaración sin pretender ser pepito grillo: un Real decreto-Ley es una norma con rango de ley también, sólo que ha de convalidarse en el Congreso en un mes para que se adquiera firmeza. Pero aprobar algo así por RD-L, con el equilibrio político tan precario, más bien nulo ya, que hay en el Congreso es perder la votación de convalidación.)

    • JAVIER BLANCO URGOITI dice:

      Gracias Luis, pensaba que las categorías de las leyes eran orgánica, ordinaria, decreto, orden ministerial y que lo que está escrito en la primera categoría no se puede reformar con una orden ministerial, pero en los temas legales siempre hay un camino intermedio, por lo visto. UN abrazo

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